Dimensión: 1.6.5 Promulgación

Esta dimensión se refiere a las disposiciones por las que un proyecto de ley que ha pasado por todas las etapas del proceso legislativo y ha sido aprobado por el parlamento finalmente se convierte en ley. En la mayoría de los países, los proyectos de ley adoptados por el parlamento requieren el consentimiento o la firma del Jefe de Estado para entrar en vigor, un proceso conocido como “promulgación”.

En algunas jurisdicciones, la Constitución otorga al Jefe de Estado el poder de negarse a aprobar o vetar una ley aprobada por el parlamento. Cuando un Jefe de Estado puede vetar la legislación, el parlamento generalmente tiene el poder de anular este veto. Las diferentes jurisdicciones brindan diferentes motivos para aplicar los poderes de veto, así como diferentes niveles de complejidad para anularlos.

También varía la naturaleza de la facultad de negarse a aprobar o vetar una ley. En algunos casos, el asentimiento del Jefe de Estado es una formalidad, mientras que en otros, el Jefe de Estado tiene la autoridad para impedir que se promulgue la legislación, e incluso para proponer enmiendas específicas a un proyecto de ley.

Anular un veto normalmente requiere un voto de mayoría calificada en el parlamento. El procedimiento pertinente suele estar estipulado en la Constitución. En los sistemas en los que el Jefe de Estado tiene autoridad para proponer enmiendas específicas a la ley, por regla general, el parlamento puede aprobar la propuesta de ley por mayoría ordinaria si las enmiendas propuestas son adoptadas en su totalidad.

Las Constituciones suelen prever un procedimiento y un plazo especiales para la promulgación de las leyes, que pueden incluir el número de días para presentar la propuesta de ley adoptada al Jefe de Estado, el número de días para firmar la propuesta de ley o imponer una veto y disposiciones para proponer enmiendas al parlamento. Los procedimientos detallados para anular un veto también deben estar estipulados en la Constitución y/o en otros aspectos del marco legal.

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Objetivo deseado

Basado en un análisis comparativo mundial, el objetivo al que aspiran los parlamentos en el ámbito de la “promulgación” es el siguiente:

  • La Constitución establece procedimientos claros para la promulgación de una ley después de que el proyecto de ley haya sido aprobado por el parlamento.
  • Si el Jefe de Estado tiene la autoridad para rechazar o negar el asentimiento, el parlamento está constitucionalmente autorizado para anular el veto.

Evalúe su parlamento en relación con esta dimensión

Criterios de evaluación

1: Procedimiento para la promulgación de las leyes

La Constitución establece un procedimiento claro para la promulgación de las leyes que han sido aprobadas por el parlamento.

2: Poderes de veto

Cuando el Jefe de Estado tiene el poder de vetar la legislación o proponer enmiendas, los motivos por los cuales se puede ejercer ese poder de veto y el alcance de dicho poder de veto están establecidos claramente.
 

3: Anulación de un veto

Cuando el Jefe de Estado tiene el poder de vetar la legislación o proponer enmiendas, el parlamento tiene el poder de anular el veto con una mayoría más amplia que la habitual.

Cómo completar esta evaluación

Esta dimensión es evaluada en función de varios criterios, cada uno de los cuales debe evaluarse por separado. Para cada criterio, seleccione uno de los seis grados descriptivos (Inexistente, Rudimentario, Básico, Bueno, Muy bueno y Excelente) que mejor refleje la situación en su parlamento, y proporcione detalles de la evidencia en la que está basada esta evaluación. 

La evidencia para la evaluación de esta dimensión podría incluir lo siguiente:

  • Disposiciones de la Constitución y/u otros aspectos del marco legal relacionados con la promulgación de las leyes, incluido la firma y la promulgación
  • Disposiciones del reglamento del parlamento relativas a los procedimientos y plazos para la presentación de proyectos de ley aprobados al Jefe de Estado para su firma
  • Otras reglas de procedimiento parlamentarias y de comisiones relativas a la anulación de un veto por parte del Jefe de Estado.

Cuando corresponda, proporcione comentarios adicionales o ejemplos que respalden la evaluación.

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Obtenga ayuda con esta evaluación

La evaluación en relación con los Indicadores conlleva el diagnóstico y el examen de las fortalezas y las debilidades, por ejemplo, lo que el parlamento está haciendo bien y lo que podría hacer mejor o con más eficacia, teniendo en cuenta las buenas prácticas establecidas que se describen en los indicadores.

Lea la guía para la evaluación a fin de saber qué debe tenerse en cuenta a la hora de realizar una evaluación en función de los Indicadores. Descubra el modo de prepararse, la forma de establecer los objetivos de la evaluación y la manera de organizar el proceso, entre otras cuestiones. Contacte con los colaboradores del proyecto para obtener asesoramiento experto.

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