Dimensión: 1.6.1: Facultades en la elaboración de leyes

Esta dimensión se refiere a las facultades de varios participantes en el proceso legislativo para iniciar, debatir, modificar y adoptar legislación. Estos poderes conciernen principalmente a los parlamentarios aunque, en algunas jurisdicciones, otros participantes también tienen derecho a iniciar la legislación, como el ejecutivo y sus agencias, o grupos de ciudadanos.

Todos los parlamentarios deben tener derecho a iniciar y proponer enmiendas a la legislación. Se pueden imponer restricciones razonables a la autoridad de los parlamentarios individuales (o, en los sistemas bicamerales, de una Cámara) para iniciar o modificar propuestas que impliquen, por ejemplo, el gasto de dinero público o la imposición de impuestos.

Toda la legislación, incluida la legislación presupuestaria, debe ser aprobada por el parlamento antes de su promulgación. En algunas legislaturas, se pueden aplicar diferentes requisitos de adopción a diferentes formas de legislación. En algunos casos, solo se requiere una mayoría simple de los votos de los parlamentarios, mientras que en otros, se necesita una mayoría absoluta de los votos de los parlamentarios (es decir, 50% + 1).

En sistemas bicamerales, el mismo texto debería haber sido aprobado por ambas Cámaras. En algunas jurisdicciones, también puede haber circunstancias especiales en las que no se requiera el paso completo a través de ambas Cámaras, y la Cámara baja puede eludir o anular el paso a través de la Cámara alta.

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Objetivo deseado

Basado en un análisis comparativo mundial, el objetivo al que aspiran los parlamentos en el ámbito de las “facultades en la elaboración de leyes” es el siguiente:

  • La Constitución establece claramente el derecho de todos los parlamentarios a iniciar la legislación y proponer enmiendas a la legislación a medida que transita por el parlamento. Cualquier restricción a este derecho está limitada y claramente definida.
  • La Constitución establece claramente que toda legislación, incluida la legislación presupuestaria, debe ser aprobada por el parlamento antes de ser promulgada. Esto incluye la aprobación por ambas Cámaras en sistemas bicamerales, excepto cuando existan restricciones particulares en la Cámara alta.
  • El parlamento pone en práctica los principios constitucionales relacionados con los poderes legislativos de los parlamentarios, y los parlamentarios están facultados a participar en todas las etapas del proceso legislativo. Se presta especial atención a las oportunidades de participación de los parlamentarios independientes y de la oposición en la elaboración de las leyes.

Evalúe su parlamento en relación con esta dimensión

Criterios de evaluación

1: Derecho de iniciativa legislativa

La Constitución establece el derecho de todos los parlamentarios a iniciar la legislación en el parlamento. Cualquier restricción a este derecho, como el requisito de un número mínimo de parlamentarios para iniciar la legislación, o las restricciones relativas a las propuestas financieras, están limitadas y claramente definidas. La Constitución también puede permitir que otros participantes inicien legislación, como el ejecutivo y sus agencias, o grupos de ciudadanos.

2: Derecho a proponer enmiendas

La Constitución establece el derecho de todos los parlamentarios a proponer enmiendas a la legislación a medida que avanza en el parlamento. Las restricciones a este derecho, como las restricciones relativas a las propuestas financieras, están limitadas y claramente definidas.

3: Aprobación de la legislación

La Constitución establece que toda legislación, incluida la legislación presupuestaria, debe ser aprobada por el parlamento antes de su promulgación. Esto incluye la aprobación por ambas Cámaras en sistemas bicamerales, excepto cuando existan restricciones particulares en la Cámara alta.

4: Práctica

En la práctica, los parlamentarios y, cuando corresponda, otros participantes, están facultados para participar en todas las etapas del proceso legislativo. Se presta especial atención a las oportunidades de participación de los parlamentarios independientes y de la oposición.

Cómo completar esta evaluación

Esta dimensión es evaluada en función de varios criterios, cada uno de los cuales debe evaluarse por separado. Para cada criterio, seleccione uno de los seis grados descriptivos (Inexistente, Rudimentario, Básico, Bueno, Muy bueno y Excelente) que mejor refleje la situación en su parlamento, y proporcione detalles de la evidencia en la que está basada esta evaluación. 

La evidencia para la evaluación de esta dimensión podría incluir lo siguiente:

  • Disposiciones de la Constitución y/o reglamento del parlamento relacionados con el derecho de los parlamentarios a iniciar legislación
  • Disposiciones de la Constitución y/o reglamento del parlamento relacionados con la facultad de los parlamentarios para proponer enmiendas a la legislación
  • Disposiciones de la Constitución y/o reglamento del parlamento relativos a la adopción de la legislación por parte de los parlamentarios
  • Cualquier práctica relacionada con el inicio de las propuestas de ley, o la propuesta de enmiendas a la legislación, por parte de parlamentarios individuales

Cuando corresponda, proporcione comentarios adicionales o ejemplos que respalden la evaluación.

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La evaluación en relación con los Indicadores conlleva el diagnóstico y el examen de las fortalezas y las debilidades, por ejemplo, lo que el parlamento está haciendo bien y lo que podría hacer mejor o con más eficacia, teniendo en cuenta las buenas prácticas establecidas que se describen en los indicadores.

Lea la guía para la evaluación a fin de saber qué debe tenerse en cuenta a la hora de realizar una evaluación en función de los Indicadores. Descubra el modo de prepararse, la forma de establecer los objetivos de la evaluación y la manera de organizar el proceso, entre otras cuestiones. Contacte con los colaboradores del proyecto para obtener asesoramiento experto.

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