Dimensión: 1.2.2: Inmunidad e inviolabilidad parlamentarias

Esta dimensión se refiere a las protecciones legales que permiten a los parlamentarios llevar a cabo sus deberes parlamentarios libremente y sin preocuparse por posibles acciones legales. La capacidad de los parlamentarios para expresarse libremente es fundamental para que el parlamento pueda desempeñar sus funciones principales. Estas protecciones, que se conocen como “no responsabilidad parlamentaria”, normalmente nunca se pueden levantar. También deberían extenderse a los ex parlamentarios con respecto a su participación anterior en procedimientos parlamentarios.

Algunas jurisdicciones también brindan a los parlamentarios diversos grados de protección contra la detención y el arresto, ya sea que la posible acción legal contra ellos se relacione o no directamente con el ejercicio de sus funciones parlamentarias. En este escenario, que se conoce como “inviolabilidad parlamentaria”, el parlamento debe levantar la inmunidad antes de que un parlamentario pueda ser arrestado o detenido, o antes de que se pueda registrar su oficina.

La aplicación estricta de la inviolabilidad parlamentaria en situaciones en las que se acusa a un parlamentario de algo que poco o nada tiene que ver con el ejercicio de sus funciones parlamentarias puede acarrear consecuencias injustas para las víctimas, que deberían tener acceso a un recurso efectivo. Al mismo tiempo, se puede presentar una acusación penal contra un parlamentario con el único propósito de silenciarlo. Por lo tanto, se requiere un cuidadoso equilibrio entre la protección de los parlamentarios y la defensa del principio de que todas las personas deben ser tratadas por igual ante la ley.

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Objetivo deseado

Basado en un análisis comparativo mundial, el objetivo al que deberían aspirar los parlamentos en el ámbito de la “inmunidad e inviolabilidad parlamentarias” es el siguiente:
 

  • La no responsabilidad parlamentaria está establecida en el marco legal, que contiene disposiciones claras que protegen a los parlamentarios de represalias legales por los votos que emiten y por las palabras que expresan tanto dentro como fuera del parlamento en relación con el ejercicio de sus funciones parlamentarias. Esta falta de responsabilidad nunca puede ser levantada.
  • La inviolabilidad parlamentaria está establecida en el marco legal, según el cual el parlamento debe dar su consentimiento antes de que un parlamentario pueda ser arrestado, detenido y/o procesado. Las únicas excepciones son las situaciones de flagrante delito y en las que la presunta irregularidad de un parlamentario no está relacionada con el ejercicio de sus funciones parlamentarias.
  • Durante todo el procedimiento de levantamiento de la inviolabilidad parlamentaria se sigue el debido proceso. El parlamentario en cuestión puede defenderse y es escuchado antes de que se tome la decisión de levantar o no la inviolabilidad. El parlamento, o su comisión correspondiente, examina cuidadosamente la solicitud de levantamiento y solo accede a hacerlo si está convencido de que la acción legal propuesta está fundamentada en la ley y respaldada por pruebas. 
  • Los parlamentarios pueden alegar ante los tribunales que no fueron sorprendidos en flagrancia y/o que la acusación que se les imputa está relacionada con el ejercicio de sus funciones parlamentarias y, por lo tanto, que la acción judicial emprendida contra ellos debería haber requerido primero el levantamiento de la inviolabilidad. Del mismo modo, una víctima de una irregularidad por parte de un parlamentario puede alegar ante un tribunal que la irregularidad no está relacionada con el ejercicio de las funciones parlamentarias del parlamentario.
  • Las disposiciones legales sobre la inviolabilidad parlamentaria son implementadas de tal manera que los parlamentarios estén adecuadamente protegidos cuando sea necesario, pero también procesados cuando esté justificado. Ninguna mayoría en el parlamento debería proteger a un parlamentario de acciones criminales cuando existen razones claras para su enjuiciamiento. Del mismo modo, ninguna mayoría en el parlamento debería levantar la inviolabilidad de un parlamentario cuando dicha decisión no pareciera estar justificada. 
     

Evalúe su parlamento en relación con esta dimensión

Criterios de evaluación

1: Disposiciones legales sobre la no responsabilidad parlamentaria

El marco legal contiene disposiciones muy arraigadas sobre la no responsabilidad parlamentaria de los parlamentarios, que cubren los votos emitidos y las expresiones realizadas tanto dentro como fuera del parlamento. Esta protección también se extiende a los ex parlamentarios con respecto a su participación anterior en procedimientos parlamentarios. Nunca puede ser levantada.
 

2: Restricciones a la libertad de expresión de los parlamentarios

Cualquier restricción a la libre expresión de opiniones por parte de los parlamentarios, tanto dentro como fuera del parlamento, está claramente definida en el marco legal y está limitada a cuestiones como el mantenimiento del orden y el decoro en la Cámara y la eliminación del discurso de odio.
 

3: Disposiciones legales sobre la inviolabilidad parlamentaria

El marco legal contiene disposiciones fuertemente arraigadas que restringen el arresto o detención de los parlamentarios y/o registros de su persona y su espacio personal/de trabajo, sin el consentimiento parlamentario. Dicho consentimiento siempre es requerido cuando un parlamentario enfrenta acciones legales en relación con el ejercicio de sus funciones parlamentarias.
 

4: La inviolabilidad parlamentaria en la práctica

El parlamento sigue el debido proceso cuando recibe una solicitud para levantar la inviolabilidad de un parlamentario, incluso permitiéndole presentar su defensa y examinando cuidadosamente la solidez legal y fáctica de la solicitud. El marco legal que rige la inviolabilidad de los parlamentarios es implementado de manera clara e inequívoca. Los parlamentarios, independientemente de su afiliación política, no enfrentan acciones legales por motivos políticos.
 

Cómo completar esta evaluación

Esta dimensión es evaluada en función de varios criterios, cada uno de los cuales debe evaluarse por separado. Para cada criterio, seleccione uno de los seis grados descriptivos (Inexistente, Rudimentario, Básico, Bueno, Muy bueno y Excelente) que mejor refleje la situación en su parlamento, y proporcione detalles de la evidencia en la que está basada esta evaluación. 

La evidencia para la evaluación de esta dimensión podría incluir lo siguiente:

  • Disposiciones relativas a la no responsabilidad parlamentaria
  • Disposiciones que imponen restricciones a la detención y arresto de los parlamentarios en relación con supuestas irregularidades relacionadas con el ejercicio de sus funciones parlamentarias
  • Disposiciones que protegen los derechos de otras personas directamente afectadas por las (presuntas) irregularidades de los parlamentarios que no están relacionadas con el ejercicio de su mandato parlamentario

Cuando corresponda, proporcione comentarios adicionales o ejemplos que respalden la evaluación.

 

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La evaluación en relación con los Indicadores conlleva el diagnóstico y el examen de las fortalezas y las debilidades, por ejemplo, lo que el parlamento está haciendo bien y lo que podría hacer mejor o con más eficacia, teniendo en cuenta las buenas prácticas establecidas que se describen en los indicadores.

Lea la guía para la evaluación a fin de saber qué debe tenerse en cuenta a la hora de realizar una evaluación en función de los Indicadores. Descubra el modo de prepararse, la forma de establecer los objetivos de la evaluación y la manera de organizar el proceso, entre otras cuestiones. Contacte con los colaboradores del proyecto para obtener asesoramiento experto.

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